Bienvenida a los Alumnos 2009-A

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sábado, 29 de noviembre de 2008

Programa de la Materia


UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
CENTRO UNIVERSITARIO DE LOS ALTOS
PROGRAMA DE ESTUDIO 2008 B


DERECHO DEL COMERCIO INTERNACIONAL


II.- PRESENTACION
Naturaleza del curso y su vinculación con la profesión:
La presente asignatura tiene como finalidad que el alumno conozca de que manera intervienen los diferentes poderes de la unión en materia de comercio exterior, así como los procedimientos aduanales, aranceles, procedimientos y defensas en materia de importaciones y exportaciones, así como los tratados internacionales celebrados por México desde el punto de vista constitucional para su Defensa Jurídica.


III.- OBJETIVOS (Generales y específicos)
El alumno debe interesarse en conocer el derecho del comercio internacional, debiendo interpretar la norma legal aplicable, además de que en el transcurso del curso deberá practicar en materia de procedimientos para así estar en posibilidades de estar en la posibilidad de especializar abogados en esta área, ya que bien sabido es por todos que esta materia más bien a sido explotada por economistas, contadores, etc.


IV.- INDICE DE UNIDADES

UNIDAD I
Historia del Comercio Internacional
1.1. El Comercio en Asía desde la antigüedad
1.2. El Comercio en Europa.
1.3. El Comercio en América.


UNIDAD II
Definición de Comercio Internacional.
2.1. Que es Derecho Comercial Internacional
2.2. Fundamento Constitucional
2.3. Organigrama del Poder Ejecutivo
2.4. Función e intervención de cada una de las Secretarias en materia de comercio Internacional y cuales son las principales


UNIDAD III
Plan Nacional de Desarrollo en materia económica


UNIDAD IV
Ley y Reglamento de Aduanas
4.1. Definición
4.2. Autoridades y sujetos de derecho en materia aduanal.
4.3. Procedimiento en control de aduanas.
4.4. Manejo, almacenaje y custodia de las mercancías en comercio exterior.
4.5. Que es un Agente aduanal y requisitos para serlo.
4.6. Que es el despacho de mercancías.
4.7. Procedimiento administrativo para solicitud de Importación y exportación de mercancías y el pago de los impuestos correspondientes.
4.8. La base gravable.
4.9. Régimen aduanero.
4.10. Depósito fiscal y transito de mercancías.
4.11. De la elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado.


UNIDAD V
Estudio, Interpretación y práctica de la Ley de comercio exterior, en su procedimiento
administrativo ante la Secretaria de Economía.
5.1. Atribuciones de la Secretaría de Economía
5.2. Que es la Comisión mixta y la Comisión de Comercio exterior, funcionamiento y atribuciones.
5.3. Prodedimiento Administrativo en Prácticas desleales.
5.4. Prodedimiento Administrativo en Medidas de salvaguarda.
5.6. Responsabilidad penal en la práctica de competencia desleal.
5.7. Infracciones y sanciones relacionadas con la importación y exportación.


UNIDAD VI
Convenios y Tratados Internacionales celebrados por México con otros Países.


V. – EVIDENCIAS PARA LA EVALUACION DE APRENDIZAJES
POR UNIDAD:


Ejemplos: (Exámenes, ensayos, monografías, trabajo de equipos, entre otros.)


VII.- BIBIOGRAFIA BÁSICA Y COMPLEMENTARIA POR UNIDAD.


Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Procedimiento Administrativo Fiscal
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo
Ley de Hacienda.
Ley de Comercio Exterior.
Ley Aduanera y su Reglamento
Tratados Internacionales Editorial Trillas.


VIII.- DIRECCIONES WEB RELACIONADAS CON EL CURSO


IX.- EVALUACIÓN


A) DEL PROGRAMA DE ESTUDIOS
Se pretende evaluar por medio de la participación grupal, en línea, por medio de tareas asignadas en cada unidad, ya sea practica-teórica, por medio de exámenes parciales en total dos relativos a cada semestre y por ultimo con un trabajo final relacionado con uno de los temas tratados en la unidad.


B) DE LA LABOR DEL PROFESOR
Estar presente en cada sesión para aclarar las posibles dudas que el alumno tenga acerca de cada unidad, interactuar con el alumno de manera que este muestre interés en el tema y le permita desarrollar sus habilidades en el mismo y exhortarlos con actividades dinámicas dentro del aula para hacer más amena la clase.


C) DE LA METODOLOGIA DE ENSEÑANZA-APRENDIZAJE
(INSTRUMENTACIÓN DIDÁCTICA)

DOCUMENTAL: Por medio de Diferentes bibliografías de autores que posteriormente serán consultadas en cada unidad durante el curso ya sea libros o leyes relacionadas con el tema y la elaboración de trámites y procedimientos a efecto de que los alumnos puedan desarrollarse en el ámbito de su competencia con el conocimiento adquirido.


D) DEL TRABAJO REALIZADO POR EL ESTUDIANTE
Conocimientos: Teóricos-prácticos Habilidades, destrezas: Que el alumno sea capaz de desenvolverse en el medio laboral y que tenga la capacidad de desarrollar los tipos de trámites y
procedimientos en materia de comercio exterior, como de importaciones y exportaciones.
Actitud: Que el alumno resuelva sus problemas en el campo profesional, que trabaje cooperativamente con sus compañeros y que desarrolle ideas a la hora de adquirir nuevos conocimientos.
Valores: La ayuda mutua y cooperativa tanto al maestro como a los alumnos para un mejor desarrollo en sus actividades, el cuidado del centro y el desarrollo en los diferentes campos ya sea laborales y prácticos ya sea en Despachos, empresas, Instituciones Públicas etc., que se encuentren fuera del centro Universitario.


NOTA IMPORTANTE: Se sugiere que el profesor elabore un instrumento para que el
estudiante se autoevalúe con las mismas categorías.


X.- ACREDITACION DEL CURSO
Requisitos
Administrativo: Contar con un numero asistencias mínimas para acreditar en periodo ordinario o en extraordinario (Reglamento General de Promoción Y Evaluación de Alumnos de la Universidad de Guadalajara) Académicos: Evidencias de aprendizaje


XI. CALIFICACION DEL CURSO

PENDIENTE


XII.- CALIFICACION EN PERIODO EXTRAORDINARIO
Características del examen que se aplicará en periodo extraordinario, en correspondencia con lo señalado en el Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara. (Capitulo V)

viernes, 28 de noviembre de 2008

REPORTE DE COMERCIO EXTERIOR OCTUBRE-NOVIEMBRE 2008



El presente Reporte de Comercio Exterior es un resumen ejecutivo de las principales reformas en materia de comercio exterior de México publicadas en el Diario Oficial de la Federación durante el mes de octubre, así como de las noticias de interés general que tienen una implicación en el comercio exterior mexicano.
1. Temas Aduaneros y de Comercio Exterior

1. Medida de transición sobre las importaciones de diversas mercancías de China

Derivado del Acuerdo Comercial de Transición en Materia de Remedio Comercial firmado por los Gobiernos de China y México el 1 de junio, donde México aceptó la eliminación de las cuotas compensatorias 953 fracciones arancelarias y China aceptó que México le impusiera medidas de remedio comercial en 204 fracciones arancelarias consideradas como "sensibles", el Secretario de Economía publicó en el DOF del 14 de octubre de 2008, el Acuerdo por el que se implementa una medida de transición temporal sobre las importaciones de diversas mercancías de China, con entrada en vigor a partir del 15 de octubre y con vigencia hasta el 11 de diciembre de 2011, así como 15 resoluciones definitivas que concluyeron los procedimientos de revisión de las cuotas compensatorias.

Mediante dichas publicaciones, se eliminaron las cuotas compensatorias a mercancías originarias de China en las 953 fracciones arancelarias, y se estableció una medida de remedio comercial expresada como ad-valorem (%) para 204 fracciones arancelarias. La nueva medida se aplicará en 4 etapas, iniciando la primera del 15 de octubre de 2008 al 11 de diciembre de 2008, y dicho ad-valorem se irá reduciendo gradualmente en periodos posteriores que corren del 12 de diciembre de un año al 11 de diciembre del siguiente año, para concluir de manera definitiva el 12 de diciembre de 2011.

En el Acuerdo de Implementación publicado por la Secretaría de Economía existen algunos mecanismos para exceptuar el pago de la medida de remedio comercial o incluso tratos de excepción en algunas fracciones arancelarias, tales son los casos de juguetes del capítulo 95, calzado del capítulo 64, carriolas (8715) y algunos otros específicos, por lo que se sugiere revisar la clasificación arancelaria de interés.

2. Novena modificación a las reglas y criterios de Economía

El 16 de octubre se publicó la Novena Modificación al Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior, destacando lo siguiente:

La modificación al Anexo 2.5.1 referente al Aviso por el que se dan a conocer las fracciones arancelarias de la TIGIE, en las cuales se clasifican las mercancías cuya importación está sujeta al pago de cuotas compensatorias, para homologarlo con el Acuerdo de medida de remedio comercial y la eliminación de las cuotas compensatorias.

Se adicionan el Título 5 "Medida de Transición", el Capítulo 5.1 "Definiciones" y el Anexo 2.3.1 "Formato de Solicitud de Transferencia de Cupo".

3. Modificación a la Tarifa de Importación y de Exportación

El 24 de octubre se publicó el Decreto por el que se modifican diversos aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), destacando el incremento a 24% en el impuesto general de importación para hilados, tejidos y telas de los capítulos 50 al 60. Las fibras y productos textiles que estaban en 0% y 9% se quedan en el mismo nivel.

4. Cupos de importación productos de bebés y bienes textiles

El 24 de octubre se establecieron sendos cupos de impuestos de importación: Por un lado, el cupo de importación para productos de bebé de 0%, que también servirá para exentar la medida de remedio comercial de 60% a China en la importación de carriolas (ver supra punto 1), el cual será destinado exclusivamente para productores de ciertos productos para bebés, y por otro lado, el cupo de importación para bienes textiles que permitirá que aquellas fracciones que subieron al 24% (ver supra punto 3) puedan ser importadas con el arancel previo de 10%, cupo que será únicamente asignado a productores de bienes textiles y de la confección.

Para tener acceso las empresas productores/importadoras deberán presentar ante la SE Reportes de Auditor Público que certifiquen que la solicitante es Empresa Productora y otra información sobre ingresos, ventas, consumos, etc., según la hoja de requisitos publicada para cada uno de los cupos de importación.

Nuestra firma fue responsable en el proceso de negociación y creación del cupo de importación para productos de bebé, en representación de una asociación de productores.

5. Cuotas compensatorias

Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de placa de acero en hoja clasificadas en las fracciones arancelarias 7208.51.01, 7208.51.02, 7208.51.03 y 7208.52.01 de la TIGIE, originarias de China, para declarar concluido el procedimiento en materia de prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, sin la imposición de cuotas compensatorias. (6 de octubre).

Resolución final de la investigación sobre elusión del pago de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de sacos de tres capas de papel para cemento, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 4819.30.01 de la TIGIE, originaria de Brasil, sin la imposición de medidas en virtud del desistimiento de la producción nacional (9 de octubre).

Resolución inicio examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de papel bond cortado originarias de EUA, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 4802.56.01 de la TIGIE, fijándose como periodo de examen el comprendido del 1 de julio de 2007 al 30 de junio de 2008 (29 de octubre).

Resolución que resuelve el recurso administrativo de revocación interpuesto por Akra Polyester, S.A. de C.V., en contra de la resolución final del examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de poliéster filamento textil texturizado, clasificadas en la fracción arancelaria 5402.33.01 de la TIGIE originarias de Corea y Taiwán, la cual confirma la eliminación de las cuotas compensatorias a Corea y Taiwán. (30 de octubre).

Temas OMC

El 20 de octubre la Secretaría de la OMC informó que en el período comprendido entre el 1º de enero y el 30 de junio de 2008 el número de iniciaciones de nuevas investigaciones antidumping registró un pronunciado aumento del 39% con respecto a ese mismo período en 2007. Entre ambos períodos también se incrementó, aunque menos, el número de nuevas medidas aplicadas. En este período, México no inició nuevas investigaciones.

El 21 de octubre de 2008, el Órgano de Solución de Diferencias adoptó el informe del Grupo Especial que examinó las medidas compensatorias de México sobre las importaciones de aceite de oliva procedentes de las CE (DS341), que resolvió que dichas medidas resultaban incompatibles con la OMC, y aplazó la consideración de la solicitud de establecimiento de un Grupo Especial presentada por Filipinas con respecto a las medidas fiscales de Tailandia sobre los cigarrillos.

lunes, 20 de octubre de 2008

NORMATIVIDAD ADUANERA (examen)


El Consejo Internacional de Cooperación Aduanera define a la Legislación Aduanera como: El conjunto de prescripciones legislativas y reglamentarias concernientes a la importación y a la exportación de mercadería que la aduana está expresamente encargada de aplicar y reglamentaciones eventualmente dictadas por la aduana en virtud de los poderes que le han sido atribuidos por Ley.

1. NORMAS APLICABLES
Las disposiciones legales aduaneras en algunos casos contienen connotaciones económicas, por lo que se elaboraron dos tipos de normas:

Sustantivas (contenido legal)
Arancelarias (contenido económico)

Por lo tanto son normas directas:

Ley Aduanera
Tarifas de Importación y Exportación

Son normas supletorias:

Código Fiscal de la Federación
Ley de Ingresos de la Federación
Ley del Impuesto al Valor Agregado
LIEPS
Ley de Comercio Exterior
LFD
LISAN
LISR
Ley de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito
LFSMN
Ley General de Salud
Ley Orgánica de la Administración Pública
Ley de Navegación
Código Federal de Procedimientos Civiles
Ley Federal de Sanidad Vegetal
Ley Federal de Sanidad Animal
Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente

La Ley Aduanera establece la preeminencia de los Tratados Internacionales sobre la legislación interna, México a suscrito los siguientes tratados en la materia:

Organización Mundial de Aduanas (antes el Consejo de Cooperación Aduanera)
El Sistema de Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías
El del Valor para Efectos Aduaneros o de Transacción
El denominado de Estambul
El que crea la Organización Mundial del Comercio (anteriormente GATT)
El código Antidumping
El Código de Subsidios
El Código sobre Licencias de Importación
El Código sobre Obstáculos Técnicos al Comercio Internacional
El que crea ALADI
El que forma el TLCAN
El que integra a Venezuela y a Colombia
El que se realiza con Chile
El que se integra con Costa Rica
El que se une a Bolivia
El que crea el Sistema Económico Latinoamericano (SELA)
El que origina la Conferencia de Comercio y Desarrollo de las Naciones Unidas (UNSTAD)

2. MERCANCIAS

Etimológicamente mercancía deriva de la palabra mercado, del latín mercatus, que significa comercio, tráfico, mercado.

Para los economistas, mercancía es todo aquello que representa un valor económico y dentro de esta definición incluyen los bienes inmuebles.

Nuestra Ley Aduanera en forma genérica define a las mercancías diciendo que son los productos, artículos, efectos y cualesquier otros bienes (pero el derecho aduanero únicamente estima bienes muebles)

DIVISIÓN DE LAS MERCANCÍAS

NACIONALES.- producidas o manufacturadas en el país con materias primas nacionales o nacionalizadas.
NACIONALIZADAS.- las que siendo extranjeras han sido importadas legalmente.
EXTRANJERAS.- las que son extranjeras y no se hayan nacionalizado
COMUNITARIAS.- las que proceden de una zona de integración aduanera o económica.

POR SUS REQUISITOS:

LIBRES.- las que para su importación o exportación no requieren requisitos especiales
RESTRINGIDAS.- Las que para ser importadas o exportadas necesitan de permiso previo de autoridad competente.
REGULADAS.- las que necesitan de autorización de autoridad competente o cumplir con determinadas condiciones para su importación o exportación.
PROHIBIDAS.- las que de ninguna forma pueden ser objeto del comercio exterior

POR EL PAGO DE IMPUESTOS

EXENTAS.- son las mercancías que no causan impuestos
GRAVADAS.- las que están sujetas al pago de los impuestos

POR SU RÉGIMEN ADUANERO

DE IMPORTACIÓN.- las que se introducen a un territorio aduanero
DE EXPORTACIÓN.- las que se extraen de un territorio aduanero
DE TRÁNSITO.- las que circulan por territorio aduanero
A DEPÓSITO.- las que guardan en almacenes generales de depósito

POR SU LUGAR DE DESTINO

A REGIÓN FRONTERIZA.- la que su destino son las zonas de desgravación aduanera
A FRANJA FRONTERIZA.- la que su destino es una zona de veinte kilómetros paralela a las líneas divisorias internacionales.
A ZONA GRAVADA.- la que su destino es cualquier parte del territorio nacional, con excepción de las regiones y franjas fronterizas

EXCEPCIÓN A LA REGLA

Las naves militares o la de los gobiernos extranjeros, no están sujetas a las disposiciones legales y la única facultad que se tiene es la de verificar que no efectúen ninguna operación comercial.


3.- TRÁFICOS

TRAFICO MARÍTIMO.- reviste tres formas: de Altura, de Cabotaje, y Mixto

De Altura.- es el transporte de mercancías que lleguen al país o remitan al extranjero y a la simple navegación entre un puerto nacional y otro extranjero o viceversa.
De Cabotaje.- es el transporte de mercancías o la navegación entre dos puntos del país situados en el mismo litoral
Tráfico Mixto.- es cuando simultáneamente se efectúen los de altura y cabotaje, con las mercancías que se transportan o la navegación entre dos puntos de la costa nacional, pero situados en diferente litoral, o si es en el mismo pero con escala en un puerto extranjero.

TRAFICO TERRESTRE.- con mercancías y pasajeros solo podrá efectuarse a través de las líneas divisorias internacionales durante las horas hábiles.

TRÁFICO AEREO.- se efectuará solamente por aquellos aeropuertos declarados por el ejecutivo federal como internacionales.

TRÁFICO POSTAL.- las mercancías de importación y exportación por la vía postal están confiadas a la guarda del Servicio Postal Mexicano, pero bajo vigilancia y control de la autoridad Aduanera.

TRÁFICO FLUVIAL.- este tráfico solo se da entre ríos, en México únicamente se da en la frontera sur.

TIEMPO DE AVISO EN EMBARCACIONES: las compañías transportistas o sus agentes o los armadores avisarán con 48 horas de anticipación por escrito a la Aduana el arribo de embarcaciones que conduzcan mercancías del extranjero.

TIEMPO DE AVISO EN TRÁFICO TERRESTRE.- En días y horas hábiles según el horario de cada Aduana, y tratándose de ferrocarriles especiales se podrá permitir el paso den días y horas no hábiles siempre y cuando se haga del conocimiento de la autoridad aduanera la hora y lugar por el que pasarán dichos trenes.

TIEMPO DE AVISO EN TRÁFICO AÉREO.- es obligación de las autoridades aeronáuticas dar aviso oportuno a la autoridad aduanera respecto a la hora de llegada y salida de los vuelos internacionales y no autorizar el despegue de alguna aeronave a la que no se haya efectuado la visita de inspección de salida.
Las aeronaves solo serán revisadas a la salida y a la llegada solamente que exista denuncia.

4.- DEPÓSITO PREVIO DE MERCANCÍAS

La definición etimológica de Depósito, significa poner en seguridad algo, por lo tanto la autoridad Aduanera determina como un paso previo a la tramitación aduanera o despacho que las mercaderías de comercio exterior sean depositadas en almacenes ad-hoc para su guarda y custodia.

El almacenamiento en nuestro país puede ser un servicio público que el estado otorga directamente aunque es frecuente que lo concesione dando lugar con esto a la distinción que se ha elaborado de depósitos fiscales o fiscalizados.

DEPÓSITO FISCAL.- es cuando se presta el servicio directamente por el Estado a través de una autoridad aduanera.

DEPÓSITO FISCALIZADO.- es cuando un particular persona moral obtiene la concesión o autorización del Servicio de Administración Tributaria para guardar mercancías previamente a su despacho aduanero.

5.- ABANDONO

Es el acto por el cual las mercancías que se encuentran en depósito aduanero pasan a propiedad del fisco.

Este acto reviste dos formas:

EXPRESA.- cuando el interesado o quien tiene la facultad para hacerlo manifiesta por escrito su voluntad de transmitir sus mercancías al fisco.

TACITA.- cuando el vencimiento de determinados plazos los interesados no han tramitado o retirado del depósito sus mercancías, pasando estas a propiedad del fisco. (el plazo para el abandono tácito en importación será de 2 meses, y en exportación el plazo será de 3 meses). En materiales explosivos, inflamables, contaminantes, radioactivas, corrosivas, animales vivos, perecederos o de fácil descomposición el plazo es de 3 días que se aumentará hasta 45 días cuando existan instalaciones adecuadas para su mantenimiento).

6.- DESPACHO DE MERCANCÍAS

Es el cumplimiento de las formalidades aduaneras necesarias para poner las mercancías importadas a la libre disposición o para colocarlas bajo otro régimen aduanero, o también para exportar mercancías. (definición del Consejo de Cooperación Aduanera de Bruselas).

Características del Despacho: Declaración, Registro, Liquidación de Impuestos, Comprobación y Retiro o Levante.

DECLARACIÓN: existen dos clases de declaraciones, 1.- la referente al medio de conducción por el que se transporta la mercancía, y 2.- la de fines de destinación o indicación del régimen aduanero a que se someterá la mercancía.

REGISTRO.- es el acto de fechar y numerar el documento en que se indica la operación o régimen aduanero que debe someterse la mercancía. Su importancia radica en que en algunos países es la base para aplicar determinadas normas que rigen a las tasas impositivas, tipos de cambio, restricciones, prohibiciones y precios oficiales.

LIQUIDACIÓN DE IMPUESTOS.- consiste en determinar en cantidad líquida el monto de los impuestos que causa la mercancía individualizada a través del “despacho” de acuerdo a la base gravable y a la cuota fijada en la tarifa arancelaria.

COMPROBACIÓN.- consiste en le verificación que la autoridad aduanera realiza para comprobar la exactitud de los datos aportados, la personalidad del peticionario y la veracidad de los documentos anexados.

AFORO Y RECONOCIMIENTO.- es el punto más importante dentro del proceso del despacho, consiste en determinar la naturaleza arancelaria de las mercancías, estableciendo su peso, medidas, comprobación, valor, lugar de procedencia, origen estado y uso.

RETIRO O LEVANTE.- es la autorización que otorga la autoridad aduanera una vez cumplidos los requisitos así como cubiertos los impuestos y derechos, para que las mercancías sean retiradas de los recintos fiscales o fiscalizados por quien tenga la facultad suficiente para hacerlo.

PARTICULARIDADES DEL DESPACHO ADUANERO

El despacho aduanero de mercancías deberá efectuarse mediante el empleo de un sistema electrónico en el que participen las autoridades fiscales, otras autoridades administrativas, así como los destinatarios en las importaciones y los remitentes en las exportaciones a través de los agentes aduanales o apoderados aduanales, quienes suministrarán la información pertinente respecto de los actos y formalidades que deba realizar el propio despacho.

La SHCP determinará para cada Agente o Apoderado Aduanal una clave electrónica confidencial. El uso de una clave equivalente a la firma autógrafa de ellos para todos los efectos legales. Cada despacho se grabará en discos ópticos imborrables.

El agente aduanal será responsable de la veracidad exactitud de los datos e información suministrados, de la determinación del régimen aduanero de las mercancías y de las contribuciones causadas así como de asegurarse del cumplimiento de las demás obligaciones.

EXCLUYENTES DE RESPONSABILIDAD DEL AGENTE ADUANAL

El agente aduanal tiene 4 excluyentes de responsabilidad

a) Cuando el contribuyente le proporcione datos o documentos con falsedades o inexactitudes y existan diferencias de pago de contribuciones, cuotas compensatorias, o restricciones no arancelarias, esta excluyente no es aplicable si se puede detectar a simple vista.

b) Si hay omisión de contribuciones y cuotas compensatorias, por la diferencia ente el valor declarado y el determinado. (siempre que el valor sea menor a un 40%)

c) Si existen contribuciones omitidas derivadas de un arancel preferencial de producto de un tratado internacional y se requiera un certificado de origen, (bastará con que se conserve copia del certificado).

d) Cuando se omitan cuotas compensatorias, por mercancías importadas que sean idénticas o similares a las que se encuentren sujetas al pago de cuotas compensatorias, siempre y cuando se conserve copia del certificado de origen.

Las 4 excluyentes de responsabilidad anteriores serán válidas por la autoridad siempre que el Agente Aduanal demuestre que ha utilizado el Registro Federal de Contribuyentes de un importador que le haya encomendado el despacho aduanero.

Solamente los Agentes Aduanales o los Apoderados Aduanales que actúen como consignatarios (trasportación) de los importadores o exportadores podrán llevar a cabo los trámites del despacho de mercancías que deberán efectuar dentro del recinto fiscal.

7. LEGITIMACIÓN

Se utiliza la figura para actuar en los trámites ante las autoridades aduaneras, (legitimar es probar o justificar la verdad de una cosa o la calidad de una persona).

Solo tienen legitimación para promover el despacho aduanero:

a) El Agente Aduanal y sus mandatarios autorizados
b) El Apoderado Aduanal
c) Los pasajeros provenientes de viajes internacionales por las mercancías que exceden su franquicia.
d) La persona que tramite la importación o exportación temporal de determinadas mercancías.
e) El Servicio Postal Mexicano por las importaciones o exportaciones que se efectúen por la vía postal.

LEGITIMACIÓN A TRAVEZ DE APODERADO ADUANAL

I.- los almacenes generales de depósito, por las mercancías que se destinen a su depósito fiscal.
II.- las empresas de mensajería y paquetería por las mercancías por ellas transportadas, siempre que el valor de la mercancía no sobrepase los 5mil UDS
III.- las asociaciones, cámaras de comercio e industrias, confederaciones que las agrupen respecto de las mercancías de exportación de sus afiliados.

8. AFORO, RECONOCIMIENTO Y SISTEMA AUTOMATIZADO

Aforo significa tasar el valor de las cosas según el precio que tienen en el mercado público.
Se realiza en tres etapas

PRIMERA ETAPA, consistente en tres pasos

i. Designación del funcionario que realizará la operación
ii. Indicación de los bultos a examinar
iii. Cotejo y examen exterior de los bultos

SEGUNDA ETAPA, se divide en dos partes

1. Medición, conteo y pesaje de las mercancías
2. Clasificación y valoración delas mercancías para la determinación del impuesto.

TERCERA ETAPA, consistente en la ratificación o rectificación que hace el vista de acuerdo a su criterio, en relación a lo manifestado en el pedimento.

NOTA.- el reconocimiento aduanero no está previsto como una resolución administrativa.
El Reconocimiento Aduanero lo define la Ley como el examen que efectúan las autoridades sobre las mercancías de importación o exportación, así como de sus muestras, para allegarse elementos que ayuden a precisar la veracidad de lo declarado.

También existe el SEGUNDO RECONOCIMIENTO, que es una réplica del primero, pero con la particularidad de que este es practicado por un dictaminador aduanal dependiente de una empresa que ha sido reconocida por la SHCP para hacer labores de apoyo y control del despacho aduanero

Los Agentes y Apoderados aduanales podrán solicitar segundos reconocimientos para aquellas mercancías que la autoridad haya detectado alguna irregularidad en el primer reconocimiento.

9. IMPUESOS ADUANEROS

Es un gravamen establecido por el Estado para toda persona física o moral que transporte mercancías cruzando la frontera ya sea importando o exportando.

LOS ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DE LA OBLIGACIÓN ADUANERA SON:

1. El Sujeto Activo.- El Estado (impone la carga tributaria)
2. El sujeto Pasivo.- La persona Física o Moral que importe o exporte mercancía y que deba pagar un tributo aduanal. (también lo es el responsable solidario).
3. Hecho Generador.- Es el momento en que nace la obligación tributaria
a) Criterio- Político Geográfico, consiste en el paso de las mercancías a través de las fronteras.
b) Criterio Económico, Cuando la mercancía va al consumo interno del país.
4. El Objeto del Impuesto.- es la salida o entrada de mercancías del territorio aduanero.
5. Base Grabable.- es la cantidad sobre la que se determina el impuesto.
i) En el de importación se basa en el valor de transacción
ii) En el de exportación se basa en el valor comercial
6. Cuota.- Es la cantidad que debe de cubrirse de acuerdo al porcentaje del valor de la mercancía
7. Obligación Aduanera.- consiste en el pago en dinero que el sujeto pasivo debe enterar al Estado en concepto de impuesto por la actividad aduanera realizada una vez realizado el aforo y cumplidas las formalidades.

CLASIFICACIÓN DE LOS IMPUESTOS ADUANEROS

POR SU FINALIDAD: Fiscales y Protectores
Fiscales.- Cuando el Estado los utiliza con el fin de tener un ingreso para el cumplimiento de su objeto.
Protectores.- Cuando el Estado los utiliza para proteger su economía interna, protegiendo su industria, la planta productiva, su mercado de divisas o su balanza comercial.

POR SU RÉGIMEN ADUANERO: Importación y Exportación

Importación.- Cuando se causan por introducir mercancías
Exportación.- Cuando se perciben por la extracción de mercancías

POR SU GRAVAMEN: Específico y Ad-Valorem

Específico.- Cuando el impuesto se determina por una cantidad monetaria fija según una medida aritmética.
Ad-Valorem.- Cuando el impuesto se calcula en base a un porcentaje fijo del valor de las mercancías. Su base puede ser de cinco tipos:

1.- Valor Real o Positivo. Es el efectivo de compra de la mercancía
2.- Valor normal o teórico. Es el hipotético, el que debería ser.
3.- Valor según precio oficial estimado. Es el que el Estado determina como valor de la mercancía
4.- Valor comercial. El consignado en el documento comercial
5.- Valor de transacción. El realmente pagado o por pagar incluyendo los gastos hasta el lugar de la importación o exportación.

VALORES MIXTOS. Es cuando el impuesto se percibe por medio del Específico y Ad- Valorem

1. Acumulativos. Cuando se asume ambos impuestos
2. Alternativos. Cuando el Ad-Valorem no excede los mínimos y se aplica el Específico
3. Graduales. Cuando se aplica en base a diferentes calidades dela mercancía

POR SU NATURALEZA

Autónomos o Generales. Cuando son determinados por disposiciones internas y su aplicación son para todas las mercancías.

Convencionales. Cuando son establecidos a través de un convenio internacional a ciertas mercancías.

POR SU PAGO

Definitivo. Cuando las mercancías han sido importadas o exportadas para ser usadas o consumidas.
Garantizado. Cuando las mercancías retornen al extranjero o de él, ya sea en su mismo estado o después de un proceso industrial.
Suspensivo. Cuando las mercancías se depositan en almacenes generales de depósito, o son para la industria automotriz.

REGIMENES ADUANEROS

Definitivos importación y Exportación
Suspensivos Admisión temporal, Salida temporal, Depósito Aduanero (fiscal o particular)
Transitorios Tránsito, Redestinación o Reembarque
Restringidos Nacionalización en zonas especiales y bajo franquisias (paso franco por la aduana)

Las que se destinen para la defensa nacional o la seguridad pública. Los metales, aleaciones, monedas y las demás materias primas para que la autoridad competente cumpla con la obligación de emitir monedas y billetes. Los vehículos destinados a servicios internacionales para el transporte de carga o personas. Así como equipos propios indispensables es decir el equipaje de los pasajeros internacionales que traingan consigo.

REGIMENES ADUANEROS

CLAVE DESCRIPCION

IMD DEFINITIVOS DE IMPORTACION.
EXD DEFINITIVO DE EXPORTACION.
ITR TEMPORALES DE IMPORTACION PARA RETORNAR AL EXTRANJERO EN EL MISMO ESTADO.
ITE TEMPORALES DE IMPORTACION PARA ELABORACION, TRANSFORMACION O REPARACION EN PROGRAMAS DE MAQUILA O DE EXPORTACION.
ETR TEMPORALES DE EXPORTACION PARA RETORNAR AL PAIS EN EL MISMO ESTADO.
ETE TEMPORALES DE EXPORTACION PARA ELABORACION, TRANSFORMACION O REPARACION.
DFI DEPOSITO FISCAL.
RFE ELABORACION, TRANSFORMACION O REPARACION EN RECINTO FISCALIZADO.
TRA TRANSITOS.

lunes, 29 de septiembre de 2008

Perspectiva Económica Global 2008


La dirección de la economía global para el mediano plazo será determinada por China y Estados Unidos, que si bien tienen una fuerte influencia tanto en el crecimiento económico como en el comercio, los desequilibrios financieros presentes en ambos países también tienen serias consecuencias para el crecimiento, los tipos de cambio y las tasas de interés.

Le invitamos a consultar el "Panorama Económico Global 2008", realizado por Deloitte, en donde se abordan temas como:

Tipo de cambio
El valor del dólar estadounidense disminuyó respecto a otras monedas. Desde 2002 a finales de 2007, cayó 38 por ciento del valor en relación al euro, 30 por ciento respecto a la libra esterlina y 39 por ciento al compararse con el dólar Canadiense.Sin embargo, con base en comercio, el dólar cayó sólo 24 por ciento durante este periodo, debido a que muchos países emergentes con los que Estados Unidos tiene relaciones comerciales, tienen un mercado de tipo de cambio intervenido a fin de prevenir la apreciación. El caso más notable es China, aunque, gradualmente, este país ha revaluado su tipo de cambio en los pasados dos años y podría acelerar este proceso.

Precio del petróleo
El incremento en el precio del petróleo se deriva, en parte, de la fortaleza de la economía global y por lo tanto, en la demanda del petróleo. De hecho, la economía mundial ha crecido más rápido en esta década que en cualquier otro periodo en la historia, un tema atribuible, en parte a China e India. Notablemente, ambos países subsidian el costo de la energía, lo que puede generar uso ineficiente de la misma.

Inflación
Uno de los principales logros económicos en la pasada generación fue el adecuado manejo de la inflación en la mayoría de los países. Sin embargo, en 2006 y 2007, la inflación comenzó a ser un tema importante en economías como la estadounidense, la Unión Europea, China e India.

Link
http://www.deloitte.com/dtt/cda/doc/content/mx%28en-mx%29globaleconomic_180108.pdf

Un estudio de Deloitte Económico Mundial Outlook 2008

Acerca de Deloitte la investigación Deloitte Research, parte de Deloitte Servicios de LP, es la identificación, analiza y explica las principales cuestiones que hoy la conducción del negocio la dinámica y la configuración del futuro mercado mundial.

Desde provocación puntos de vista acerca de la estrategia y de organización cambiar directamente a hablar de economía, regulación y tecnología, Deloitte ofrece innovadoras de investigación, prácticas ideas las empresas pueden utilizar para mejorar sus resultados en línea rendimiento. De funcionamiento a través de una red dedicada de profesionales de la investigación, altos profesionales de consultoría las distintas firmas miembro de Deloitte Touche Tohmatsu, académicos y especialistas en tecnología, Deloitte Investigación exposiciones profundo conocimientos de la industria, la comprensión funcional, y el compromiso con el pensamiento de liderazgo. En salas de juntas y revistas de negocios, Deloitte Research es conocida por aportar nuevas perspectiva del mundo real se refiere.

Tabla de Contenidos
Ajuste de la etapa
1 Crédito
2 ¿Qué sucede después?
3 ¿Cuáles son algunos escenarios alternativos?
3 Dólar movimiento
3 El precio del petróleo
4 Es la inflación regrese?
5 Rusia
6 China
7 India
8 EE.UU.
9 Europa Occidental
10 Japón
10 Invertir los excedentes de los países en lugar de celebrar los bonos
11 El futuro de los fondos de riqueza soberana
11 Pensando en el largo plazo
12 China
12 EE.UU.
12 Unión Europea
12 Notas

Cláusula de exención de responsabilidad
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Deloitte Investigación - Perspectivas económicas mundiales 2008

1 Perspectivas económicas mundiales 2008 El medio plazo dirección de la economía mundial se establecerá en gran medida por dos países: China y la EE.UU.. Juntos, estos gigantes en cuenta para una parte considerable del crecimiento económico mundial y, especialmente, crecimiento de las importaciones - por lo tanto estimular las exportaciones y el crecimiento económico en el resto del mundo.
Por lo tanto, la forma en que llevan a cabo los asuntos. Por otra parte, la fi nanciero desequilibrio entre estos dos países ya ha tenido graves consecuencias para el crecimiento, los tipos de cambio y tasa de interés. Puede seguir más. Actualmente, la economía mundial está experimentando una transición de una era de expansión económica a otro.
La transición fue provocado por la explosión de una burbuja en los EE.UU. mercado de la vivienda. Sin embargo, las burbujas no surgen al azar. Ellos suelen tener una causa en la forma de un evento económico. En este caso, el evento fue el fl ow enorme de liquidez de China a los EE.UU.. Y, por supuesto, siempre eventualmente burbujas de ruptura. En lo que sigue, vamos a examinar la forma en que el desequilibrio económico entre los EE.UU. y China contribuyó a la burbuja inmobiliaria en los EE.UU..
La ruptura de la burbuja que está teniendo importantes consecuencias para la economía mundial. Más importante aún, vamos a ofrecer nuestra opinión sobre la forma en la continuación y eventual cancelación de los desequilibrios mundiales afectarán a la futura dirección y la estructura de la economía mundial. La dirección futura de China y los EE.UU. También se examinó, junto con el implicaciones para el resto del mundo. Por último, el Consejo Económico perspectivas de otros agentes económicos importantes serán examinados.
Ajuste de la etapa En la última década, ha habido una masiva fl ow de fondos de China a los EE.UU.. ¿Por qué? La respuesta es que China y la otras naciones de Asia guardar una proporción mayor de su producción a más que invertir, mientras que en los EE.UU. invierte más de lo que ahorra.
El resultado es que Asia, principalmente China, envía el exceso de ahorro a la EE.UU.. Durante muchos años esta ha sido una situación win-win para ambos countries.1 Para China, la financiación externa de la America's ha defi cit permitió a los EE.UU. a las importaciones baratas exportaciones chinas. Esto, en su vez, ha mantenido a millones de trabajadores chinos que producen bienes exportables.
Para los EE.UU., la importación de los ahorros de China ha permitido que el país a disfrutar de un alto nivel de endeudamiento, sin los préstamos de alto costes. Esto es parte debido al hecho de que el gobierno de China ha financiado directamente a los EE.UU. defi cit exterior a través de moneda intervención.
Esto es, a fin de celebrar el valor de la moneda china y mantener las exportaciones baratas, el chino el gobierno ha comprado dólares y celebró en forma de los valores del Tesoro de EE.UU..
Esta intervención, junto con similares la intervención de otros países con grandes excedentes, ha financiado una gran parte de los EE.UU. exterior defi cit. El resultado es que el gobierno de China ha acumulado una enorme población de extranjeros reservas de divisas - ahora en el exceso de dólares de los EE.UU. 1,4 billones.
Para el Gobierno de los EE.UU., está en condiciones de financiar el presupuesto defi por la Sección de venta bonos a un gobierno extranjero ha celebrado el largo plazo los tipos de interés. Sin embargo, no hay tal cosa como un almuerzo gratis. Los EE.UU. tiene ahora una gran definición cit exterior que pueden no ser sostenibles en el a largo plazo. Anulación desequilibrio que podría ser en última instancia, doloroso.
China, en el transcurso de la compra de dólares por impresión su propio dinero, ha provocado una rápida expansión de su dinero oferta con la consiguiente aumento de la cooperación INFL. De hecho, la creación INFL tasa ha aumentado de menos de cero hace cuatro años a más de 6% el día de hoy.
2 Deloitte Investigación - Perspectivas económicas mundiales 2008 Por otra parte, la fl ow masiva de capitales de China a los EE.UU. ha tenido algunos efectos imprevistos como así. Fl ow que, por contribuir a EE.UU. baja los tipos de interés y el exceso de liquidez, EE.UU. causados a los inversores a buscar nuevos puntos de venta con el fin de lograr mayor rentabilidad.
En los últimos años, los mercados de acciones no se tan atractivas como en el pasado debido a las secuelas de los escándalos, nuevos reglamentos, y la anulación de la tecnología de existencias burbuja. En cambio, los inversores esperan que la propiedad.
En una creciente economía con bajas tasas de interés, es razonable esperar que los precios de la vivienda se incrementaría. Y, de hecho, se levanta. Sin embargo, algo más sucedió. Como los precios de la vivienda aumentó, la gente empezó a esperar a los precios aumenten aún más. Comenzaron a pagar precios que no guardan relación con el rendimiento esperado de alquiler de las viviendas.
En vez de, personas relacionadas con los precios pagados a su expectativa de que los precios aumentaría aún más. Una burbuja especulativa se apoderó. Se trata de un burbuja, porque, como una burbuja de jabón, no puede durar para siempre. Finalmente, como un sistema de Ponzi, que debe terminar.

Fuente: FMI Figura 1. U. S. saldo de la cuenta corriente 1992 0,0 -1,0 -2,0 -5,0 -7,0 2006 1994 -3,0 -4,0 -6,0 1996 1998 2000 2002 2004 1990 Porcentaje de PIB Fuente: Freddie Mac, Fannie Mae Figura 2. U. S. precios de la vivienda 16 14 12 4 0 10 6 2 2000 Q1 Año% de cambio Más de Año 8 2002 Q1 2003 Q1 2004 Q1 2005 Q1 2006 Q1 2007 Q1 2001 Q1

Esta burbuja no se aberración. Se han muchas burbujas de precios de propiedad en el pasado, todo termina en lágrimas. En este caso, el aumento en el corto plazo los tipos de interés en el período 2004-06 auguran el fin de la burbuja. Federal de los EE.UU. Reserva, el aumento de desconfiar de la creación INFL expectativas, el aumento de las tasas en a fin de enfriar la economía y evitar la creación INFL.
Para el mercado inmobiliario, este resultó ser un problema. En 2005-06, los prestamistas hipotecarios aumentado drásticamente sus originación de las hipotecas de alto riesgo - las que se ofrecen a los consumidores de bajos ingresos y pobre historial de crédito. Bancos venden estas hipotecas a otras instituciones que reenvasado en valores que luego fueron vendidos a los inversores, la última ser atraídos por el alto potencial de retorno de tales valores. A menudo, los consumidores son atraídos a tomar en tales hipotecas con baja, las tasas de reclamo para el primer fi pocos meses. Entonces, el hipotecario volverá a un interés de mercado rate
2. Si bien las tasas de eran bajos y los precios de la vivienda fueron aumentando, esto no fue un problema. Sin embargo, cuando los tipos de interés y aumentó los precios de la vivienda estancado, los titulares de las hipotecas de alto riesgo comenzó a predeterminado en gran número. En el pasado, cuando corrió de casa en problemas, los bancos que originaron sus hipotecas herida en problemas. De hecho, como recientemente, en 1980 sólo el 10% de las hipotecas EE.UU. fueron titulizados frente al 56% en 2006.
Hoy, nos enfrentamos a una situación en la que muchos de los que las hipotecas de alto riesgo han sido re-envasados, titulizados y vendidos al mercado secundario donde se han desapareció rápidamente - sólo para reaparecer en lugares inesperados cuando problemas desarrollados. Y es que la forma en que el crédito comenzó.
Crédito En la era antes de la Gran Depresión de la década de 1930, económicas recesiones se suele llamar "pánico." ¿Por qué? La razón es que la recesión económica por lo general el resultado de repentinos cambios en el mercado fi nanciero sentimiento. La gente, literalmente, pánico cuando algo salió mal, como un fracaso por un prestatario para cumplir con sus obligaciones.
El resultado fue que las personas retiró dinero de los bancos, los bancos no se prestan, y real la actividad económica disminuyó. Comenzando en el otoño de 2007, el mundo se encuentra en el medio de una especie de pánico que emanan de los problemas en los EE.UU. sub-prime del mercado hipotecario.
La buena noticia es que, a diferencia de el pasado, hay listos y poderosos que los bancos centrales han la capacidad de añadir liquidez al sistema fi nanciero. Sin embargo, incluso cuando se inyecta liquidez, no pueden borrar las pérdidas ni pueden borrar riesgo. Por lo tanto, no puede ser de consecuencias fi nanciero error.
Esas consecuencias son experimentadas hoy y probablemente persistirá por un tiempo. Deloitte Investigación - Perspectivas económicas mundiales 2008 3 En el pasado, los problemas en el mercado del crédito se refl ected en la solvencia de los bancos. En las dos últimas décadas, sin embargo, la bursatilización se suponía que iba a reducir la probabilidad de problemas en los mercados fi nancieros por la dispersión de riesgo. Y mientras riesgo se dispersa, no fue reducido.
En cambio, un nuevo tipo de riesgo se ha creado. Es decir, existe cierta incertidumbre en cuanto a la ubicación de los activos de riesgo. Esta falta de información, o la falta de transparencia ha contribuido a la incautación de los mercados de crédito. Además, gran parte del riesgo que resulta residir con los bancos, a menudo a través de operaciones fuera del balance vehículos.
El diferencia ahora es que a menudo no saben que ese riesgo reside hasta que surge problemas. Varios aspectos de la fi nanciero contribuido al medio ambiente esta crisis. En primer lugar, algunos autores hipoteca no se comprometen cuidado de la diligencia debida. En segundo lugar, había un fuerte incentivo para préstamos a prestatarios de riesgo como inversores, que buscan un alto rendimiento, se dispuestos a comprar valores respaldados por las hipotecas de alto riesgo.
En tercer lugar, la bursatilización ha adoptado nuevas dimensiones con la desarrollo de derivados exóticos instrumentos fi nancieros para que no hay un sustancial mercado líquido. La falta de de liquidez significa que, cuando surgieron problemas, estos activos podría no ser fácilmente objeto de dumping. Tampoco pueden ser fácilmente precio. ¿Qué sucede después? A partir de este escrito (de noviembre de 2007), existe un alto grado de la incertidumbre sobre la duración y la profundidad de la crisis de crédito. Por lo tanto, es difícil de culto para ofrecer a corto plazo previsto. En vez de, esta publicación se centrará en las perspectivas a medio plazo.
El cuestión importante es cómo el crecimiento mundial se verán afectados por la agitación en los mercados fi nancieros. En primer lugar, ya que los disturbios comenzaron, se ha producido una sustancial de los precios de riesgo. Esta es probablemente una buena cosa ya que los mercados ha convertido en probable optimista acerca de los riesgos. Sin embargo, usted puede tener demasiado de una cosa buena, y que es, sin duda, el caso ahora. Se propaga en valores respaldados por activos se han ampliado y la los mercados de papel comercial, bonos de alto rendimiento, y el interbancario los préstamos se han restringido drásticamente.
Los principales bancos han pasado a pérdidas y ganancias considerables pérdidas con lo que se suma a una constricción de crédito. Si bien el mercado de activos que se inició esta crisis fue ubicados en los Estados Unidos, el impacto ha sido trans - Atlántico. Esto es cierto, en parte, porque los activos en cuestión se vendieron en un mercado mundial, principalmente en Europa. Bancos en Europa han experimentado pérdidas de crédito y condiciones se han visto afectados negativamente. Por lo menos, la crisis tendrá probablemente un impacto negativo en EE.UU. y, en menor medida, el crecimiento europeo en 2008.
Si bien numerosos escenarios puede ser sugerido, lo más probable es que en es nuestro punto de vista, ya sea para una desaceleración moderada o leve recesión en los EE.UU., moderada desaceleración en Europa, y no mucho impacto en Asia. Algunos países que dependen en gran medida de las exportaciones a los EE.UU. sufrirá en consecuencia. América Latina, en particular, entra en esta categoría. ¿Cuáles son algunos escenarios alternativos? Existe la posibilidad de que la crisis podría llegar a ser más grande o más más prolongado debido a contagio económico. Es decir, activo los mercados no relacionados con el mercado de la hipotecaria valores podrían sufrir una pérdida de liquidez como los mercados de crédito aprovechar y ya que los inversores evitan el riesgo y buscar la seguridad.
Hay una larga la historia de esos contagio - aunque no todos han contagions llevado a desaceleraciones económicas. Contagio no es necesariamente un resultado de la evaluación racional del riesgo, pero, sin embargo, sucede y puede tener graves consecuencias. Otra posibilidad es que la crisis se prolongará por un restablecer falta de transparencia, liquidez y credibilidad a los mercados fi nancieros. Esto sucedió en Japón después de la ruptura de su fi burbuja financiera en 1990. La central japonés banco no aportó una liquidez adecuada y el japonés Gobierno no ayudar debidamente a los bancos en la limpieza de sus balances.
El resultado fue un período excepcionalmente largo de estancamiento del crecimiento y la creación defl. Este escenario parece poco probable dada la rápida respuesta temprana por diversos bancos centrales a la crisis actual. Por último, sigue existiendo la posibilidad de que las turbulencias actuales no tienen mucho de un impacto en la economía mundial en todo. No hay precedencia histórica para ello. Recordatorio de los EE.UU. equidad mercado aéreo en 1987.
Los EE.UU. la Reserva Federal de inmediato bombeo de liquidez en el sistema y la economía probablemente creció más rápido que de otro modo habría sido el caso. Ahora, a raíz de la carestía de crédito que comenzó en agosto de 2007, el Fed curso se ha invertido mediante el aumento de la liquidez y la reducción de los tipos de interés - algo que de otra manera no podrían sucedido tan pronto.
El resultado final podría ser en realidad ningún cambio en el crecimiento con sólo el sector fi nanciero teniendo un éxito. Dólar de circulación Mientras tanto, a partir de este escrito, el dólar de los EE.UU. sigue en caída valor. A partir de 2002 hasta finales de 2007, el dólar cayó 38% en contra el euro, el 30% contra la libra británica, y el 39% contra el dólar canadiense. Sin embargo en un comercio ponderado, el dólar cayó sólo 24% durante este período. ¿Por qué la diferencia? La respuesta es que muchos países emergentes con los que la EE.UU. comercios han intervenido en los mercados monetarios para mantener a sus de la apreciación divisas.
Lo más notable es, por supuesto, Porcelana. Sin embargo, China ha sido gradual revaluación de su moneda los dos últimos años y puede acelerar ese proceso. 4 Investigación de Deloitte - perspectivas económicas mundiales 2008 Es de esperar que, con una gran cuenta corriente de EE.UU. cit definición, el dólar caería. Cuando mercado fi nanciero participantes consideraron que, en un determinado tipo de cambio, la definición cit era insostenible, que eliminado de apoyo para el dólar. Ya que el dólar cae, las causas que los precios de las importaciones en aumento y los precios de exportación a disminuir, lo que daría lugar a una mejora en el actual cuenta defi cit.
Este proceso debe continuar hasta el fi nanciero los participantes en el mercado están convencidos de que el dólar es sufi cientemente bajo para poner la definición cit a un nivel sostenible. Hasta la fecha, la disminución en el valor del dólar parece haber tenido un impacto positivo. Real importaciones han disminuido y real el crecimiento de las exportaciones se ha acelerado. Por otra parte, la balanza por cuenta corriente cit definición ha comenzado a mejorar. Sin embargo, el dólar probablemente caída aún más.
Una disminución en el valor del dólar de los actos con una lag. Participantes en el mercado financiero, sin embargo, tienden a impulsar el dólar hacia abajo hasta que están convencidos de que el dólar es sostenible - y probablemente no creo que es en este punto en tiempo. Además, hay otros factores que están poniendo la baja presión sobre el dólar. Los tipos de interés en los EE.UU. son más bajos que que en Europa tienden a poner presión a la baja sobre el dólar.
Además, el hecho de que muchos bancos centrales son conocidos por ser reequilibrar sus carteras en moneda extranjera fuera de dólares también está teniendo un efecto negativo sobre el dólar. La mayor preocupación por una caída del dólar es que podría ser INFL ationary en los EE.UU. si provoca un aumento considerable de las importaciones precios. Esto no ha sucedido todavía, pero puede que el dólar cae aún más.
Hasta ahora, muchos importadores han absorbido la movimiento del tipo de cambio al permitir menor perfil de T márgenes. Sin embargo, esto no puede seguir para siempre y, en última instancia los precios de importación se han aumentando. Cuando esto sucede, podría inhibir el piso exibility de la Reserva Federal para bajar las tasas de interés. Esto es importante habida cuenta de los continuos problemas en los mercados de crédito.

Fuente: U. S. Reserva Federal

Reino Unido dólares por libra Dólares por euro Por otra parte, la disminución de un dólar significa un aumento del euro, libra, y el yen. Para Europa, Gran Bretaña y Japón, esto significa defl ationary presión y, por tanto, más fl exibility para estos central del país a los bancos a tipos de interés más bajos, sin chispas INFL ción.
Por último, una rápida disminución en el valor del dólar sigue siendo un posibilidad. Los mercados financieros se han conocido a convertirse en volátiles cuando los inversores de pánico. Dada la incertidumbre en los contratos de crédito los mercados, la volatilidad de los mercados de divisas podría convertirse en un problema. Una rápida caída del dólar podría desestabilizar a fi nanciero los mercados y la moneda puede requerir la intervención de los principales los bancos centrales, a fin de restablecer la estabilidad.
El precio del petróleo ¿Por qué el precio del petróleo saltó fi ve veces en el pasado fi ve años? ¿Y por qué tiene la economía mundial hace tan bien a pesar de esta lugar? Las respuestas a ambas preguntas están relacionadas. El precio de aceite de rosa, en gran parte, debido a la fuerza de la economía y su impacto en la demanda de petróleo. De hecho, el economía mundial en esta década ha crecido más rápido que en cualquier otro momento de la registrada history3.
Una parte impor tante de este crecimiento se debió al ascenso de China y la India. En particular, ambos países subsidian el costo de la energía, lo que muy alentador ineffi uso eficiente de la energía. Por lo tanto, debe ser no es de extrañar que gran parte del mundo del aumento de la demanda de de petróleo proceden de estos dos países. Esto es muy diferente de los precios del petróleo picos del pasado, muchos de los cuales se debieron a una caída de la oferta en lugar de un aumento de la demanda.

Fuente: Agencia de Información de Energía

Deloitte Investigación - Perspectivas económicas mundiales 2008

5 El precio del petróleo también ha aumentado debido a que la capacidad de producir petróleo no ha seguido el ritmo de aumento de la demanda. ¿Por qué no? Después de todo, un alza de los precios debería alentar a los productores para explorar más el petróleo y el desarrollo de nueva capacidad productiva. Sin embargo, se necesita tiempo para nuevas inversiones a dar sus frutos. Por otra parte, cuando el precio de petróleo comenzó a aumentar a principios de esta década, muchos productores se no está convencido de que el aumento del precio se mantendría.
En consecuencia, se muestran renuentes a asumir nuevas inversiones que podría no ser ProFi mesa en caso de que el precio de invertir. Por último, mucho potencial de nueva capacidad existe en los países donde los gobiernos, en lugar de inversores privados, para decidir si realizar nuevas inversiones. En muchos países, el alto precio ha permitido a los gobiernos a acumular dinero en efectivo, el pago de deudas, y fl ex político músculos.
Nuevas inversiones, lo que habría desviado mucho de ese dinero en efectivo, no se consideran un alto prioridad - especialmente cuando la recompensa es visto como muy lejos en el futuro. El resultado ha sido muy lento el desarrollo de nuevos capacidad. Hay otros factores INFL uencing del precio del petróleo. Políticos riesgo sin duda juega un papel importante. Un aumento de la amenaza de una guerra en petróleo país productor de siempre conduce a un precio más alto.
Políticos o agitación social en un país productor de petróleo a menudo reduce tanto la inversión y la producción actual. Considere la posibilidad de Iraq, o Nigeria. Por último, la disminución del valor del dólar de los EE.UU. tiende a tener un impacto positivo sobre el dólar los precios del petróleo. ¿Dónde ir desde aquí? No hay respuesta fácil a esta cuestión.
La buena noticia es que el mundo ha colectiva logrado absorber un enorme incremento de los precios sin mucho coste económico. Eso se debe en parte al hecho de que, tras las crisis petroleras de la década de 1970, hubo una inversión masiva en mejorar la eficiencia energética. Hoy en día, el mundo puede absorber mejor los precios de la energía más alta que en el pasado.
Sin embargo, hay límites. Ello probablemente es seguro decir que más aumentos sustanciales más allá de el precio actual ($ 97 a principios de noviembre de 2007) podría ser onerosa, tanto para el crecimiento económico y la creación INFL. La dirección futura del precio del petróleo será el resultado de varios factores. En primer lugar, considerar la demanda. Si la economía de los EE.UU. se ralentiza en 2008, el precio del petróleo probablemente otoño. En segundo lugar, los tipos de cambio respecto. Si el dólar de los EE.UU. sigue caída en el valor (lo cual es probable), habrá presión sobre el precio de petróleo.
Por último, mucho dependerá de la situación política en varios países ricos en petróleo o sus vecinos. Una escuela de thought4 sostiene que, con el rápido crecimiento de China y la India, ahora estamos en una era similar a lo ocurrido en la inmediata posguerra en la década de 1940 y 1950. Entonces, el rápido crecimiento de la economía mundial estimulada muy rápido crecimiento de la demanda de energía - mucho mayor, de hecho, a continuación, lo que hemos experimentado desde finales del decenio de 1960. En ese momento, Sin embargo, los suministros de petróleo fueron en la abundancia y la demanda fue se reunió sin los altos precios.
Sería de esperar, sin embargo, que el aumento de los precios de limitar la demanda. De hecho, este puede ocurrir - especialmente en los países desarrollados. Sin embargo, la fuerte crecimiento económico en los países emergentes probablemente abrumar el efecto del aumento de los precios en la demanda. Habida cuenta de hoy en día las limitaciones de la oferta que podemos estar entrando en una era de relativamente elevados precios del petróleo. INFL es la creación de regresar?
Uno de los logros económicos esterlina del pasado generación fue el fin de INFL grave situación en la mayoría de los principales países. Sin embargo, en 2006-07, INFL ción trasera comenzó a su fea cabeza en muchos países importantes. INFL ción acelerada en los EE.UU., la Unión Europea, China y la India. ¿Estamos en peligro de un nuevo INFL era de la creación? Y, en caso afirmativo, ¿qué hacer para este económicos crecimiento?

Fuente: U. S. Bureau of Labor Statistics y el FMI

EE.UU. China India Japón Reino Unido En primer lugar, vamos a considerar por qué INFL ción se fue. Había cuatro razones principales: En primer lugar, la política monetaria tiene mejor. Los bancos centrales independientes en tanto desarrollados como en países emergentes mantienen constantemente dinero crecimiento de la oferta bajo control a fin de que las expectativas INFL ationary se redujeron. Esto es fundamental.
Después de todo, si las expectativas de INFL ción son bajos, los trabajadores y las empresas serán menos agresivos en la búsqueda de salarios más altos y los precios, respectivamente. En segundo lugar, la globalización ha tenido un efecto saludable sobre la creación INFL. El aumento masivo de la fuerza de trabajo global y en el mundo la capacidad de producción poner presión a la baja sobre los precios.
6 Deloitte Investigación - Perspectivas económicas mundiales 2008 En tercer lugar, el crecimiento de la oferta de dinero INFL uenced los precios de los activos en lugar de los precios de los bienes. Bienes INFL ción tiene lugar cuando demasiados es dinero que persiguen a demasiados pocos bienes. En este caso, que el dinero perseguido activos tales como acciones y bienes.
En cuarto lugar, acelerar las mejoras en la información la tecnología en las últimas dos décadas ha contribuido a la rápida el crecimiento de la productividad. Esto permitió un crecimiento económico más sin crear presiones ationary INFL. Entonces, ¿por qué es la creación INFL ahora en el rebote? Hay varios razones: En primer lugar, la economía mundial ha venido creciendo a un excepcional ritmo, poniendo así presión al alza sobre los precios de los productos básicos - Incluidas las de petróleo.
En segundo lugar, en muchos países ha sido muy rápido crecimiento de la oferta de dinero. En China, por ejemplo, la rápida oferta de dinero crecimiento provino del banco central moneda de intervención encaminadas a reprimir el valor de la moneda china. Ya que se ha señalado anteriormente, gran parte de ese dinero el crecimiento de la oferta de combustible los precios de los activos. Sin embargo, parece que es fi último que tengan un impacto en los precios de los bienes como mano de obra y los mercados de productos se han convertido en firme.
Por último, la disminución del valor del dólar es probable que se INFL ationary en los EE.UU., así como en los países en los que el empate valor de sus monedas al dólar de los EE.UU.. Esto incluye muchos naciones emergentes. ¿Qué sucede después? Alan Greenspan, como se sugiere en memoirs5 su reciente, los bancos centrales se enfrentan a un pronto más difícil entorno en el que para controlar la creación INFL. El favorable impacto de la globalización en INFL ción ha sido un fenómeno temporal que acabará finalmente.
La entrada de China y la India en la economía mundial, mediante la adición de grandes número de bajos salarios a los trabajadores a la reserva mundial de la mano de obra, poner presión a la baja sobre los salarios y los precios. Sin embargo, el proceso de de la integración de estos gigantes países en la economía mundial no durará para siempre. Una vez completado en gran medida, que particular moderación en la creación mundial INFL serán eliminados y los bancos centrales se enfrentarán a un ambiente algo peor. Calcular la el calendario de transición que será difícil de culto. Rusia La economía de Rusia ha crecido excepcionalmente rápido en los últimos años.
En 2007, el crecimiento será probablemente en que supere el 7%. Ya que un resultado, los rusos son más ricos y están gastando dinero, el Gobierno fl ush con dinero en efectivo y está invirtiendo mucho en la necesaria infraestructura, y los inversores extranjeros están ansiosos por participar en un aparente auge. Sin embargo, se plantea la cuestión de la la sostenibilidad de la Federación de Rusia del repentino éxito. ¿Es simplemente un resultado de los altos precios del petróleo, o ha habido un cambio estructural en la Rusia economía que garantiza alto crecimiento, independientemente del precio de petróleo? La respuesta es que el petróleo ha desempeñado probablemente la dominante papel. Sin embargo, el alto precio del petróleo ha dado muy necesaria Rusia sala de la respiración para conseguir su casa en orden.
Así pues, en ese sentido, se han producido algunos cambios estructurales. El alto precio del petróleo ha permitido al gobierno a mejorar de manera espectacular fi SCAL su posición, reducir la deuda externa, mejorar su crédito calificación, y acumular una vasta reserva de divisas reservas, reduciendo así el riesgo de impago o en moneda fuerte uctuation piso. Además, el gobierno ha instituido un impuesto sistema que ha atraído la atención mundial.
El aumento de los ingresos ha estimulado el sector del consumo y una Rusia mercado atractivo para las empresas extranjeras interesadas en vender a Rusia consumidores y las empresas. Por otra parte, el gobierno está gradualmente renationalizing el sector de la energía, intimidando a las empresas extranjeras y los empresarios nacionales a través de los juicios, y actuando en una gran forma con las manos en lo que respecta a su energía occidental clientes. El entorno empresarial no es propicio para la tipo de inversión que permitiría a la economía a crecer ausente elevados precios de la energía. Por lo tanto, la economía parece estar en peligro si caen los precios de la energía.

Fuente: FMI

Deloitte Investigación - Perspectivas económicas mundiales 2008 7 Como Rusia depende en gran medida de las exportaciones de recursos naturales, es empezando a sufrir de lo que se conoce como la "enfermedad holandesa". Esto es, una gran inyección de divisas ha puesto al alza presión sobre la moneda, perjudicando así la competitividad de las exportaciones no petroleras. Además, la alta INFL ción (en relación a otros países) está causando una situación ajustada INFL reconocimiento en el valor del rublo, lo que perjudicar la competitividad de las exportaciones como así.
El Banco Mundial recientemente que Rusia reported6 la unidad costos de mano de obra en la industria manufacturera han aumentado considerablemente, lo que no perjudicar la competitividad de las exportaciones de petróleo. Por lo tanto, no debe ser sorprendente que fi XED la inversión en Rusia sigue siendo un inusualmente baja proporción del PIB en comparación con otros países emergentes. Por otra parte, la inversión en el sector de la energía ha sido débil. Esto significa que la producción no es probable que ampliar mucho en el próximo futuro.
El punto de partida para Rusia es de que, aunque el crecimiento es actualmente fuerte, la economía sigue siendo vulnerable en una serie de frentes. El precio del petróleo, el aumento del valor de la moneda, y relativamente alto INFL ción, todos de la economía en situación de riesgo. Los esfuerzos para ción de control INFL podría obstaculizar el crecimiento. Por lo tanto, incluso si el precio del petróleo sigue siendo elevado, existe el riesgo de que el crecimiento podría más despacio.
China La economía de China es fi último muestra signos de recalentamiento. En De octubre de 2007, los precios al consumidor aumentaron un 6,5% durante el año anterior, un cambio considerable a partir de la evaluación que defl era frecuente en la primera parte de esta década. Este fi gure probablemente subestima la medida de ationary INFL presión El gobierno de China muchos controles de los precios internos. Un muy parte desproporcionada de la INFL situación actual se debe a la alimentación precios. Por supuesto, una muy alta proporción de gasto de los consumidores está en alimentos, por lo que esta importa mucho.

Fuente: FMI

Publicaciones sobre Comercio Exterior y Aduanas, publicadas en agosto de 2008


Decisiones números 13 y 18 del TLC entre México, Nicaragua, El Salvador, Guatemala y Honduras.

La Secretaría de Economía (SE) publicó en el
Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado
15 de agosto de 2008, el “Acuerdo por el que se
da a conocer la Decisión No. 13 de la Comisión
Administradora del Tratado de Libre Comercio
(TLC) entre México y Nicaragua (Decisión no.
13 de Comisión Administradora del TLC
México, Nicaragua)” y el “Acuerdo por el que se
da a conocer la Decisión No. 18 de la Comisión
Administradora del TLC entre México y El
Salvador, Guatemala y Honduras”(Decisión no.
18 TLC México, Salvador, Guatemala y
Honduras), mismos que entraron en vigor el 18
de agosto pasado.

A continuación, damos a conocer los aspectos
de mayor relevancia en dichos acuerdos:

1. Adopción del Reglamento de Operación

Se decide adoptar el Reglamento de
Operación del Anexo al Artículo 3-16
“Trato arancelario preferencial para los
bienes clasificados en el Capítulo 62 del
Sistema Armonizado que incorporen
materiales de los Estados Unidos de
Norte América (EUA)”.

Dicho Reglamento tiene como función
principal el efectuar correctamente la
aplicación y administración de las
disposiciones de Trato arancelario
preferencial, para los bienes clasificados
en el Capítulo 62 del Sistema
Armonizado que incorporen materiales de
EUA.

2. Definiciones y conceptos

Para la decisión no. 13 del TLC México,
Nicaragua, se entenderá como autoridad
competente para el caso de México la
SE, o su sucesora; para Nicaragua, el
Ministerio de Fomento, Industrial y
Comercio o su sucesor.
Para efectos de la decisión no. 18 TLC
México, Salvador, Guatemala y
Honduras, se entenderá como autoridad
competente tratándose de México, la SE,
o su sucesora; para El Salvador, el
Ministerio de Economía, o su sucesor;
para Guatemala, el Ministerio de
Economía, o su sucesor, y para
Honduras, la Secretaría de Estado en los
Despachos de Industria y Comercio, o su
sucesora.

3. Asignación de cupos
a) Cupo Global.- Será administrado por
México, de acuerdo con el principio
de asignación directa, durante un
plazo de 3 años, contados a partir del
1 de mayo de 2008.
Seis meses antes del vencimiento de
este plazo, México, Nicaragua, Costa
Rica, El Salvador, Guatemala y
Honduras, según sea el caso, se reunirán
a fin de evaluar el funcionamiento del
mecanismo de distribución. En tanto no
se llegue a un acuerdo, se mantendrá el
mecanismo de “primero en tiempo,
primero en derecho”.
La asignación de cupos tiene su
antecedente en el Acuerdo de
Contenido
1 Decisiones números 13 y 18 del
TLC entre México, Nicaragua, El
Salvador, Guatemala y Honduras.
3 Octava modificación al Acuerdo por
el que la Secretaria de Economía
emite reglas y criterios de carácter
general en materia de comercio
exterior.
Resolución que establece las reglas
de carácter general relativas a la
aplicación de las disposiciones en
materia aduanera del Tratado de
Libre Comercio entre los Estados
Unidos Mexicanos y la República de
Costa Rica”.
2
Verificación que se negoció, según el
“Decreto Promulgatorio del Acuerdo entre
el Gobierno de los Estados Unidos
Mexicanos y el Gobierno de los Estados
Unidos de América sobre Cooperación
Aduanera Relativa a las Declaraciones de
Origen Efectuadas en el Marco de las
Disposiciones sobre Acumulación de
Ciertos Tratados de Libre Comercio,
firmado en Davos, Suiza, el veintiséis de
enero de dos mil siete. (DOF
14/08/2008)” . Dicho decreto establece el
mecanismo de la autoridad para verificar
el origen de las mercancías, que
conforme al proceso de acumulación textil
gocen de los beneficios arancelarios.
En el año de entrada en vigor del cupo
global y sus sub-límites se reducirán en
proporción al número de meses
completos que hayan transcurrido en ese
año, es decir, sólo se considerará el
monto del cupo de agosto a diciembre de
2008.
b) Incremento del cupo. En caso de
que en un período anual el cupo
utilizado alcance el 90%, México
incrementará la cantidad asignada
hasta un monto máximo equivalente
al cupo que otorgue Estados Unidos
de Norte América a Costa Rica, El
Salvador, Guatemala, Honduras y
Nicaragua.
c) Mecanismo de distribución del
cupo global por país. Cuando las
partes acuerden este mecanismo, se
aplicará lo siguiente:
· Cuando en un período anual el
monto del cupo que le
corresponda a Nicaragua
alcance el 90 por ciento de
utilización, México, de
conformidad con el párrafo 5 del
Anexo al Artículo 3-16,
incrementará la cantidad
asignada a Nicaragua, de
acuerdo con la siguiente fórmula:
Incremento = (Cupo Máximo de
Estados Unidos – Cupo Máximo
de México) X (Factor de
Proporción).
· México aplicará el incremento del
cupo global en el mismo año en
que Estados Unidos lo aplique.
El incremento se hará
proporcionalmente por país de
acuerdo con dicha distribución.
4. Certificado de origen - cupo
Dicho certificado deberá estar firmado,
sellado y fechado por la entidad
designada de la parte exportadora.
El certificado contará con una validez de
90 días, contados a partir de la fecha de
su firma, y amparará una sola importación
de uno o más bienes.
La autoridad competente de México, una
vez que acepte el certificado, deberá
otorgar al importador un documento de
asignación de cupo, el cual tendrá que
ser utilizado en un plazo no mayor de 30
días desde su emisión.
En caso que el importador no utilice el
documento de asignación de cupo en el
plazo establecido en el párrafo anterior, la
cantidad asignada se reintegrará al cupo
global disponible.
Es importante mencionar que al
momento no se sabe si el certificado que
debe presentarse en el despacho
aduanero es el que finalmente emita la
SE.
5. Entidad o autoridades designadas
Por lo que respecta a las autoridades
designadas, tendrán, entre otras, las
funciones de administrar el procedimiento
interno para el manejo del cupo, según su
legislación nacional, así como llevar un
registro de los exportadores a quienes les
emita un certificado de origen – cupo.
6. Intercambio de información
Por Nicaragua, así como El Salvador,
Guatemala y Honduras notificarán a
México el listado de sellos y firmas
autorizadas para la emisión de
certificados de origen–cupo o cualquier
cambio que se genere en esta lista.
México, Nicaragua, El Salvador,
Guatemala y Honduras intercambiarán
reportes mensuales sobre la utilización
del cupo global y sus sub-límites, y
cuando corresponda la distribución por
país, se hará de igual forma sobre los
montos asignados y utilizados por país.
La SE actualizará mensualmente en un
sitio de Internet establecido para tal fin, los
montos del cupo y los sub-límites
asignados y utilizados por país, así como
los saldos de los montos asignados y los
sub-límites totales disponibles por país.
Por otra parte, el 18 de agosto del
presente fue publicado en el DOF, por
parte de la SE, el “Acuerdo por el que se
dan a conocer los cupos para importar a
México bienes textiles clasificados en el
Capítulo 62 del Sistema Armonizado,
originarios de El Salvador, Guatemala,
Honduras y Nicaragua”, mediante el cual
se determina un cupo global de
70,000,000 de metros cuadrados
equivalentes (MCE), para prendas y
complementos (accesorios), de vestir,
excepto los de punto.
3
Octava modificación al Acuerdo por el que la
Secretaria de Economía emite reglas y criterios
de carácter general en materia de comercio
exterior.
La Secretaría de Economía (SE) publicó en el
DOF del 25 de agosto la “Octava modificación
al acuerdo por el que la Secretaria de Economía
emite reglas y criterios de carácter general en
materia de comercio exterior”. Esta publicación
entró en vigor el 26 de agosto pasado.
En dicha publicación, se hacen modificaciones
que se encuentran relacionadas con el Decreto
por el que se otorgan facilidades administrativas
en Materia Aduanera y de Comercio Exterior”,
mismo que tiene como objetivo principal el
consolidar e impulsar el marco institucional y la
mejora regulatoria que simplifique la carga
administrativa para las empresas, en lo que
respecta a la realización de sus operaciones de
comercio exterior.
Dichas adiciones y reformas radican en la
publicación de los números de exportador
autorizado de la Comunidad Europea y
Asociación Europea de Libre Comercio (AELC),
los cuales corresponden a cada persona física o
moral que cumple con los lineamientos
aplicables para obtener dichos registros.
Resolución que establece las reglas de carácter
general relativas a la aplicación de las
disposiciones en materia aduanera del Tratado
de Libre Comercio entre los Estados Unidos
Mexicanos y la República de Costa Rica”.
El pasado 26 de agosto de 2008, la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó
en el DOF, la “Resolución que establece las
reglas de carácter general relativas a la
aplicación de las disposiciones en materia
aduanera del Tratado de Libre Comercio entre
los Estados Unidos Mexicanos y la República
de Costa Rica” (en adelante la Resolución), que
abroga la anterior publicada en el mismo órgano
informativo el día 14 de marzo de 1995.
Esta Resolución responde a la adopción de la
Decisión No. 21 que la Comisión
Administradora adoptó para crear las
Reglamentaciones Uniformes del Tratado de
Libre Comercio entre los Estados Unidos
Mexicanos y la República de Costa Rica, y que
fue firmada el día 27 de mayo de 2008, según
se detalla en el Considerando de la Resolución,
toda vez que este documento no fue publicado
en el Diario Oficial de la Federación. A
continuación hacemos mención de los cambios
de mayor relevancia:
1. Trato Nacional y acceso de bienes al
mercado.
Se establece que para determinar la tasa
arancelaria preferencial aplicable a un bien
originario, se deberá estar a lo dispuesto
en el artículo 3-04 (desgravación
arancelaria), del Tratado y en el Decreto
que para tales efectos se emita, en el que
se establezca la tasa aplicable del
impuesto general de importación para las
mercancías originarias que se importen al
amparo del Tratado.
Se actualiza esta disposición, ya que
anteriormente remitía al Decreto que
establecía las Tasas aplicables para
1995.
2. Reglas de Origen.
Se establece Se adiciona un apartado que
establece los documentos que servirán
para acreditar que las mercancías que
hayan estado en tránsito, con o sin
transbordo, o almacenamiento temporal
por el territorio de uno o más países que
no son parte del Tratado, estuvieron bajo
vigilancia de la autoridad aduanera
competente, y así dar cumplimiento a lo
dispuesto por el artículo 5-17 del Tratado.
Cabe mencionar que esta disposición
actualmente se encuentra contemplada
en la regla 2.6.20 de las RCGMCE para
2008.
3. Tránsitos de la mercancía.
Se establece Para efectos de que un bien
no pierda su condición de originario, en el
supuesto de que se encuentre en tránsito
por el territorio de uno o más países no
parte, se establece que los bienes no
podrán destinarse al mercado nacional de
dicho país no parte del tratado, para su
comercio o consumo interno.
Se establece que cuando un bien sea
objeto de un tránsito, con o sin transbordo,
o almacenamiento temporal en el territorio
de un país no parte, y su facturación sea
realizada en ese territorio, dicha
facturación no se considerará un acto de
comercio interno en el territorio del país en
tránsito, ni que el bien se destinó al
mercado nacional, en tanto no sea objeto
de uso o empleo en el país de tránsito. Lo
anterior permite la facturación por un tercer
operador, ubicado en territorio del país en
donde el bien es objeto de tránsito.
4. Expedición de la factura.
Para efectos de que un bien no pierda Se
establece que la factura podrá ser
expedida por una persona ubicada en
territorio de un país que no es parte del
tratado. Lo anterior, recogiendo la
previsión del numeral 1, del primer párrafo
de la regla 2.6.4 de las RCGMCE para
2008.
5. Declaración y Certificación de Origen.
Dentro de los cambios más relevantes se
establece, para efectos de la aplicación del
certificado, que "una sola Importación"
significa un solo embarque, amparado en
uno o más pedimentos, o bien, más de un
embarque, amparado en un solo
pedimento.
4
6. Clasificación arancelaria distinta en los
Certificados de Origen
Cuando la fracción del certificado difiera
de aquella declarada en el pedimento, se
establece la posibilidad de presentar el
certificado; cuando la diferencia se derive
de que exista una versión diferente del
Sistema Armonizado de Designación y
Codificación de Mercancías, de
conformidad con las enmiendas de la
OMA. Lo anterior, de acuerdo a lo
señalado en la regla 2.6.5 de las
RCGMCE para 2008.
Así mismo, se contempla el supuesto de
que cuando la diferencia en la fracción
declarada se derive de distintos criterios de
clasificación arancelaria para un mismo
bien, y estos difieran entre sí, prevalecerá
la clasificación arancelaria del país
importador.
En ambos casos, la autoridad aduanera
del país de importación podrá considerar
como válido el certificado de origen,
siempre que la descripción de los bienes
asentada en el certificado coincida con la
declarada en el pedimento y permita la
identificación plena de los bienes
presentados físicamente al despacho.
7. Obligaciones respecto de las
importaciones
Se especifica que en el pedimento se
deberá declarar la clave relativa a que el
bien califica como originario, conforme al
Anexo 22 de las RCGMCE y para el caso
de que exista criterio anticipado, el mismo
se deberá declarar a nivel de
observaciones en el pedimento.
Se señala que el importador deberá tener
en su poder el original del certificado de
origen válido (deja de hacer referencia a
que en su defecto deberá contar con copia
del certificado), sin que deba entenderse
por esto como una obligación de anexar al
pedimento el certificado de origen, toda
vez que en caso de que la autoridad
aduanera requiera la presentación de
dicho certificado, deberá hacerlo conforme
a lo dispuesto por el artículo 53 del Código
Fiscal de la Federación.
Cuando se considere que el certificado
tiene información incorrecta, es decir,
cuando se haya declarado en el
pedimento que el bien importado calificaba
como originario sin que así sea, y que
derivado de esto se tengan que pagar las
contribuciones omitidas, se especifica que
estas deberán actualizarse en términos del
art. 17-A del Código Fiscal de la
Federación. Exonerando de toda sanción
al importador que rectifique el pedimento
de importación de forma espontánea.
8. Se establecen las causas por las que
podrá considerarse como no válido el
certificado y que, en consecuencia, se
negará el trato arancelario preferencial:
· El certificado de origen se haya
expedido en un formato distinto al
establecido en la Resolución por la
que se dan a conocer los formatos
de certificado de origen y declaración
de origen.
· No tenga la firma del exportador
ubicada en el campo 10.
· Presente alguna raspadura,
tachadura o enmienda.
· Cualquier otro motivo que determine
la autoridad aduanera, con base en
razones debidamente fundadas y
motivadas.
9. Presentación posterior del certificado
corregido
La autoridad aduanera podrá solicitar al
importador, por única vez y de forma
improrrogable, que le proporcione en un
término de 15 días, contados a partir de
que reciba la notificación del
requerimiento, una copia del certificado de
origen en la que se subsanen las
irregularidades detectadas, siempre y
cuando el bien descrito en el certificado de
origen corresponda con la descripción del
bien en el pedimento.
En caso de incumplir esto último, se
negará el trato arancelario preferencial.
Los certificados de origen que presenten
errores de forma u otros irrelevantes, tales
como mecanográficos, que no impidan la
apreciación de la información relevante o
pongan en duda la veracidad de la misma,
serán aceptados por la autoridad
aduanera.
10. Devolución de aranceles pagados en
exceso
Para los casos en los que no se aplicó un
trato preferencial, se especifica que la
solicitud de devolución deberá presentarse
en los módulos de atención fiscal de las
Administraciones Locales de Auditoria
Fiscal, en la Administración Central de
Devoluciones y Compensaciones de la
Administración General de Auditoría Fiscal
Federal o en la Administración Central de
Fiscalización de Comercio Exterior de la
Administración General de Grandes
Contribuyentes, según corresponda en la
Forma Oficial 32 “Solicitud de Devolución”
(Anteriormente se señalaba que el trámite
se realizaba ante la Administración Local o
Especial de Recaudación).
Para el caso de las compensaciones, se
establece que para aplicar esta opción, se
deberá realizar en términos del artículo
5
122 del RLA, debiéndose rectificar el
pedimento dentro del plazo de un año, a
partir del día siguiente en que se hubiera
efectuado la importación, cumpliendo el
procedimiento que se establezca
conforme a las RCGMCE (anteriormente
remitía al Aviso que se presentaba ante la
Administración Local o Especial de
Recaudación).
11. Obligaciones en las exportaciones
Se establece que el productor o
exportador que expida un certificado,
deberá entregar copia a la autoridad
competente de la parte importadora
cuando ésta así lo requiera.
12. Declaración en factura
Se adiciona el formato de la declaración
en factura, como sigue:
“Declaro bajo protesta de decir verdad que
los bienes amparados en la presente
factura comercial son originarios de (la
República de Costa Rica o los Estados
Unidos Mexicanos, según corresponda),
de conformidad con las Reglas de Origen
establecidas en el Tratado de Libre
Comercio entre los Estados Unidos
Mexicanos y la República de Costa Rica,
la cual tiene fines comerciales y no forma
parte de una serie de importaciones que
se efectúen con el propósito de evadir el
cumplimiento de los artículos 6-02 y 6-03
del referido Tratado.”
(Firma del exportador o importador o sus
representantes legales)
Fecha:__________________
Se establece la presunción iuris tantum de
que las Mercancías que ostenten marcas,
etiquetas o leyendas que las distingan
como originarias de países distintos al
TLC, se considerarán mercancías no
originarias y, por lo tanto, no podrán aplicar
el trato preferencial.
13. Excepciones de presentación del
certificado de origen
Se señala que se entenderá que una
importación forma parte de una serie de
importaciones efectuadas o que se
pretenden realizar, con el propósito de
evadir el cumplimiento de la declaración o
certificación de origen, cuando se
presenten dos o más pedimentos que
amparen bienes ingresados en el mismo
envío y despachados al amparo de una o
más facturas comerciales del mismo
exportador (anteriormente se señalaba a
las importaciones realizadas el mismo día
al amparo de una sola factura comercial,
dado lo cual, se amplía el alcance de esta
disposición).
14. Registros documentales y contables
Se especifica que el periodo que debe
cumplir el importador, en relación a
conservar los documentos y registros
relativos al origen del bien, será de cinco
años, a partir de la firma del certificado de
origen válido o la declaración de origen
(antes solo se remitía al CFF).
15. Procedimientos para verificar origen
Se especifica que los cuestionarios que
utilice la autoridad aduanera para verificar
si un bien califica como originario,
contemplarán declaraciones u otros
documentos y registros necesarios para
determinar el origen de los bienes.
Referente a las visitas de verificación, la
solicitud de la autoridad competente en la
parte exportadora, la autoridad aduanera
también deberá dar aviso a la embajada
de la parte exportadora en territorio
nacional.
Finalmente, se especifica que la
notificación de la visita de verificación,
deberá cumplir con lo señalado en el art.
6-07 del Tratado (procedimiento para
verificar el origen).
Se adicionan ciertos requisitos que deberá
cumplir el cuestionario dirigido al
exportador o productor, los cuales son:
· Plazo para responder y
devolver el cuestionario.
· Domicilio de la oficina a donde
deberán dirigir la respuesta.
· Un apercibimiento con la
posibilidad de negar el trato
preferencial en caso de que se
incumpla la obligación de
proporcionar la información
documental.
Cuando se haya declarado que la
mercancía es originaria, con información
falsa o infundada, se especifica que se
suspenderá el trato preferencial, a partir de
la fecha en que se notifique la suspensión
de dicho trato arancelario preferencial.
16. Revisión e impugnación de una resolución
Se adiciona dentro de dichos medios,
contra una resolución por la que se niegue
el trato arancelario preferencial, al juicio de
amparo.
17. Criterios anticipados
La solicitud de criterio anticipado, se
deberá solicitar ante la Administración
General de Grandes Contribuyentes del
Servicios de Administración Tributaria
(anteriormente era la Dirección General de
Política de Ingresos y Asuntos Fiscales
Internacionales de la SHCP).
6
Cuando la solicitud sea realizada por un
residente en el extranjero, y actúe a través
de un representante legal para acreditar su
personalidad, en el escrito de promoción
se podrá mencionar únicamente que el
promovente se encuentra legalmente
autorizado por el interesado para realizar
el trámite y deberá describir el documento
o actuación en que conste dicha
autorización; al efecto, la autoridad podrá
requerir, en cualquier momento anterior a
la emisión de la resolución, la exhibición
del documento con el que el representante
acredite su personalidad y, en caso de
incumplir, la promoción se tendrá por no
presentada.
Se adiciona el requisito de asentar el
domicilio del solicitante para oír y recibir
notificaciones dentro del escrito de
solicitud.